En el sistema emprendedor chileno, el sueldo empresarial dejó de ser un concepto ‘de contadores’ para transformarse en una herramienta universal de orden, formalidad y planificación tributaria.
No obstante, en pleno 2026 la duda no radica en si conviene o no utilizarlo. ¡El problema va en cómo se está aplicandoen la práctica dentro de las pequeñas y medianas empresas!
¿Qué es el sueldo empresarial?
El sueldo empresarial permite que socios, accionistas o empresarios individuales reciban una remuneración por el trabajo efectivo que realizan en su propia empresa.
A diferencia de los retiros de utilidades, este pago puede constituir un gasto aceptado tributariamente, siempre que cumpla ciertos criterios definidos por la ley y reforzados por la doctrina reciente del Servicio de Impuestos Internos.
Hoy, muchas empresas pagan sueldos al dueño sin contrato claro, sin registro en el Libro de Remuneraciones o con montos que no guardan relación con el tamaño real del negocio. Esa informalidad los expone a observaciones del SII, debilitando incluso la imagen financiera de la empresa frente a bancos y entidades de financiamiento.
El foco del SII ya no está en exigir un sueldo mínimo rígido, sino en evaluar tres elementos clave.
1.Que exista un trabajo real y demostrable del socio dentro de la empresa. 2.Que el monto sea razonable según mercado, ventas y utilidades. 3.Que todo esté correctamente registrado y declarado, tanto en remuneraciones como en las declaraciones juradas y el Formulario 22.
Usado con criterio, el sueldo empresarial permite ordenar la relación entre el emprendedor y su negocio, generar respaldo de ingresos personales y distribuir mejor la carga tributaria entre la empresa y la persona natural.
Más que una fórmula para ‘pagar menos impuestos’, el sueldo empresarial es una señal de profesionalización. Y en un entorno cada vez más fiscalizado, hacerlo bien ya no es opcional.
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¡Gana dinero en tu propia empresa! El sueldo empresarial es una figura que permite a los dueños de un negocio contratarse a sí mismos y recibir una remuneración por el trabajo que realizan dentro de su entidad. Este beneficio tributario está regulado por la ley 21.210 y exige cumplir con ciertos requisitos y formalidades.
El sueldo empresarial ofrece ventajas que van más allá de la percepción de ingresos
Uno de sus principales beneficios es la posibilidad de considerar las cotizaciones previsionales y de salud como gastos asociados a la generación de ingresos. Esto implica un reconocimiento tributario que ayuda a optimizar la carga impositiva de la empresa. Además, este tipo de remuneración no requiere necesariamente una jornada completa, lo que permite adaptar la carga laboral a las necesidades del negocio.
Para acceder al sueldo empresarial
El propietario debe trabajar activamente en su empresa y formalizar un contrato de trabajo.
En este documento se deben especificar el cargo, las funciones, la remuneración y la jornada laboral.
También es obligatorio que el sueldo sea razonable y acorde al mercado. El Servicio de Impuestos Internos puede revisar su justificación.
Existen, sin embargo, limitaciones claras
Los montos asociados al sueldo empresarial no pueden incluir beneficios como colación o movilización, pues estos corresponden a relaciones laborales de dependencia. Asimismo, las utilidades destinadas al pago de gratificaciones de los trabajadores no pueden calcularse descontando este tipo de remuneración.
En definitiva, el sueldo empresarial es una herramienta poderosa para que los emprendedores puedan percibir ingresos desde su propio negocio. Bien implementado, otorga beneficios tributarios y previsionales. Pero es clave hacerlo dentro de los márgenes legales para aprovechar al máximo sus ventajas.
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Hoy no basta con pagar bien; los trabajadores valoran algo más profundo. Te invitamos a conocer el salario emocional.
Este término alude a todo beneficio no económico que mejora la calidad de vida en el trabajo. Puede tratarse de un seguro médico, una jornada flexible, oportunidades de formación o incluso la posibilidad de hacer voluntariado en horario laboral. ¡Las posibilidades son infinitas!
Lo importante es que estas medidas, aunque no figuren en la nómina, marcan una gran diferencia. Según expertos en gestión de talento, cuando las personas sienten que su trabajo tiene propósito, que son valoradas, que aprenden y que pueden conciliar su vida personal, se crea un vínculo emocional. Esto eleva la satisfacción e incrementa la productividad.
El salario emocional como un aporte fundamental para los colaboradores
Cada quien valora distintos aspectos. Para algunos será el teletrabajo; para otros, el liderazgo inspirador o el aprendizaje continuo. Lo relevante es que las empresas reconozcan estas diferencias y adapten sus beneficios a las necesidades reales de sus equipos.
A través de acciones como comedores saludables, programas de bienestar o espacios para la creatividad, es posible construir culturas organizacionales más humanas.
Y sí, el impacto se mide. El informe State of the Global Workplace de Gallup asegura que el compromiso laboral, potenciado por el salario emocional, mejora en un 21% la rentabilidad y en un 17% la productividad.
Las organizaciones deben mirar más allá del trabajador. Ver a la persona y comprender que, si no hay bienestar, no hay avance.
El verdadero rendimiento nace de sentirse parte de algo. De crecer, de respirar, de saber que el trabajo no solo paga cuentas, también nutre el alma. Y en esa búsqueda, el salario emocional es la mejor inversión.
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Si tienes un negocio puedesrealizar un contrato para ti mismo y así ser contratado por tu negocio. Esta es una posibilidad real para los emprendedores que formalizaron sus emprendimientos a través de una personalidad jurídica.
Las sociedades más comunes en las cuales se realiza esta contratación son: Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL), Sociedades de Responsabilidad Limitada y de Sociedades por acciones.
Ojo, se mencionan estas porque son las más utilizadas, pero en Chile existen diversos tipos de sociedades.
Es muy importante considerar que este trámite no se puede realizar en todos los negocios. Ahora te explicamos en cuales si se puede.
Antes que todo, hay una excepción en la que puedes autocontratarte: Cuando tu empresa está formalizada como persona natural. Esto se debe a que este documento legal debe individualizar a las partes involucradas y aparecería el mismo rut para quien contrata y para quién es contratado.
Al generar el contrato de trabajo en tu negocio, se deben cumplir ciertos requisitos. Si eres accionista o socio de una sociedad puedes realizar este trámite. En este caso la persona jurídica actuaría como un tercero, siendo como una entidad física que realiza el contrato a través de su rut de empresa.
Así que, en teoría no sería una «autocontratación», pese a que se gestione mediante su propia empresa. Suena complicado pero es más fácil de lo que piensas.
A veces puede resultar confuso cuando se habla de “autocontratación”. En teoría esto no ocurre así, porque es la personalidad jurídica, a través de su rut de empresa, quién genera el contrato de trabajo.
Los beneficios de poseer contrato de trabajo van desde la regularización de las cotizaciones previsionales hasta optar a un sistema de salud. Ten en cuenta que estos items no son exclusivos de un trabajo dependiente.
Además, podrás gestionar de mejor forma las ganancias de tu empresa y controlar los costos para poder administrar la caja y trámites relacionados a la Operación Renta, impuestos, entre otras cosas.
En el mundo empresarial chileno, existe una figura tributaria poco conocida pero muy útil. El sueldo empresarial.
Este beneficio permite que un socio, accionista o empresario individual reciba una remuneración por las labores que efectivamente realiza en su empresa. Lo mejor de ello, sin necesidad de firmar un contrato de trabajo.
A diferencia del vínculo laboral tradicional, no requiere subordinación ni dependencia. Un empresario puede asignarse este sueldo sin que su relación con la sociedad implique un contrato laboral. Ello resulta especialmente relevante cuando la persona tiene control mayoritario y facultades de administración, ya que en tales casos no puede, legalmente, subordinarse a sí mismo.
¿Quiénes pueden acceder al sueldo empresarial?
Todos los socios o accionistas que trabajen activamente en la empresa pueden hacerlo.
Sin embargo, si un socio no tiene impedimentos legales para firmar un contrato de trabajo, podría evaluar si esa opción le conviene más. Especialmente, en términos de cotizaciones previsionales.
¿Hay límites? No existe un tope máximo legal para este tipo de remuneración. El único requisito es que el monto asignado sea razonable y guarde proporción con el trabajo realizado y la realidad económica de la empresa.
Sobre sus impuestos
El sueldo en cuestión tributa como cualquier remuneración, pero no contempla cotizaciones previsionales obligatorias. A pesar de eso, sí pueden realizarse de forma voluntaria y descontarse tributariamente.
Finalmente, su declaración se realiza en el Libro de Remuneraciones Electrónico, permitiendo así que el Servicio de Impuestos Internos fiscalice su correcta aplicación como gasto necesario para producir la renta. Esta figura, bien utilizada, se transforma en una herramienta poderosa para formalizar y optimizar la carga tributaria del trabajo real que muchos socios realizan dentro de sus propias empresas.
Si trabajas día a día en tu emprendimiento, te esfuerzas, lideras, vendes, coordinas o simplemente haces que todo funcione, entonces tienes derecho a algo que quizás no sabías: puedes pagarte un sueldo y, además, descontarlo como gasto tributario. Así es. La ley chilena reconoce esta posibilidada través de un beneficio poco aprovechado, pero muy útil, llamado sueldo empresarial.
Este beneficio no es nuevo, pero desde la modernización tributaria (Ley 21.210) se hizo aún más flexible. Ahora no sólo se permite que el dueño de la empresa se pague a sí mismo por su trabajo real y efectivo, sino también que pueda hacerlo con su cónyuge, conviviente civil o hijos. Una familia entera podría beneficiarse, siempre que trabajen realmente en la empresa.
¿De qué trata el sueldo empresarial?
La lógica es sencilla. Si tú trabajas dentro de tu empresa, como cualquier otro colaborador, entonces ese esfuerzo tiene un valor.
Ese valor se puede fijar como remuneración. Y si esa remuneración está afecta a cotizaciones de salud y AFP, entonces puedes incluirla como gasto al momento de declarar impuestos. Eso significa menos impuestos que pagar y más orden en tu contabilidad.
Pero hay condiciones, pues no basta con decir que trabajas en tu negocio.
Debes demostrar que lo haces de forma real y permanente, aunque sea compatible con otro empleo formal.
Además, debes firmar un contrato en el que se indique qué funciones cumples, cuánto cobras y con qué periodicidad.
Ese contrato debe ser firmado por ti como representante legal y como persona natural. Y no, no es un contrato de trabajo tradicional.
El monto de este sueldo debe ser razonable. No puedes asignarte una cifra al azar; tiene que guardar relación con lo que hace la empresa, el tamaño del negocio y las rentas que declara.
Aun así, el beneficio es claro: si cumples los requisitos, podrás deducir ese sueldo como gasto tributario, y eso se traduce en ahorro real.
¡Reconoce tu esfuerzo!
Cada vez más emprendedores están utilizando el sueldo empresarial.
Es una forma de profesionalizar el trabajo dentro de la empresa y reconocer que el esfuerzo del dueño también cuenta. Porque sí, emprender es trabajar. Y ese trabajo debe ser valorado.
El sueldo empresarial es un beneficio tributario que permite a los dueños de negocios reconocer su propia remuneración como un gasto necesario para producir renta. En otras palabras, los emprendedores que trabajan activamente en su empresa pueden descontar este pago de las utilidades afectas a impuestos.
Gracias a la Ley 21.210, este beneficio también se extiende al cónyuge, conviviente civil e hijos del propietario. Sin embargo, para acceder a él, se deben cumplir ciertos requisitos.
1.El primero y más importante es que el empresario realmente trabaje en su negocio. La legislación actual incluso permite compatibilizar esta labor con un empleo en jornada completa, siempre que exista permanencia en la empresa.
2. Además, las remuneraciones deben estar afectas al pago de cotizaciones de salud y AFP como independiente. Esto garantiza que el monto sea aceptado como gasto tributario. También es clave que el sueldo se mantenga dentro de un rango razonable, considerando la magnitud del negocio y los servicios prestados.
Este beneficio debe estar respaldado por un contrato donde se identifique la empresa, se detallen las funciones a desempeñar y se fije la remuneración. El documento es firmado por el dueño tanto como representante de la empresa como en su calidad de persona natural.
Es importante aclarar que este contrato no convierte al empresario en trabajador de su propia empresa:
No le otorga derechos laborales.
No se puede autodemandar.
La Dirección del Trabajo no tiene competencia en estos casos.
Si cumples con los requisitos establecidos por la ley, puedes gozar de él y gestionar de manera más eficiente las finanzas de tu negocio.
Beneficio tributario, ¡no laboral!
El sueldo empresarial es una herramienta clave para la optimización tributaria de los emprendedores. Permite reducir la carga impositiva al reconocer la retribución del dueño como un gasto legítimo.
Las boletas de honorarios, respalda el pago de servicios esporádicos, actividades profesionales, administrativa, etc. Este documento tributario es una forma de remuneración para quién ejerza el servicio.
Este tipo de impuesto es de segunda categoría, o sea que según el Servicio de Impuestos Internos pertenece a ingresos por rentas de trabajo.
Estos honorarios están relacionados a actividades gravadas por el artículo 42, nº 2 del Impuesto a la Renta y se paga por medio de un DTE, llamado boletas de Honorarios.
Este 2022 se le aplicará un 12,25% de impuestos de segunda categoría a las boletas de honorario. Este porcentaje se retiene hasta el cálculo de Operación Renta del año tributario.
Para calcular la retención ya mencionada, dependerá del tipo de acuerdo que tenga el que solicita el servicio con quién lo presta. Y lo retiene quien paga la renta. Proyecciones del SII señalan que para el 2020 la retención llegaría a un 17%.
Un ejemplo de la retención del 12,25% que se aplicará este año es considerar que si cobras $100.000 por x servicio, tendrás una retención de $12.250 (correspondientes al 12,25).Considera que el monto final a recibir es de $87.500.
Los honorarios mensuales están afectados a un Impuesto Global Complementario que debe ser declarado una vez al año a través del Formulario 22 de la Operación Renta.
Para hacer una boleta de honorarios se deben considerar ciertos aspectos:
Verifica el inicio de actividades de quien recibe o emite la boleta. Si no lo han ejecutado existen soluciones para crear una boleta de honorario que pueda respaldar el servicio que se entregó.
Si necesitas realizar una puedes hacerlo desde el portal de Servicios de Impuestos Internos. En la sección de Servicios en Línea.
Se cree que el trabajador independiente no tiene derecho a Licencia Médica al ser su propio jefe. Sin embargo, sí puede tomarse días por incapacidad laboral. Si ante esta respuesta te surgió la duda de ¿Quién paga la licencia médica? Esta pregunta te la respondemos a continuación.
Licencia médica y trabajadores independientes
Para poder recibir el pago de esta licencia se deben cumplir ciertos requisitos exigidos por la ley. No basta solo con permanecer a un sistema de salud como Fonasa o Isapre.
El trabajador independiente debe demostrar su calidad como tal, además de obviamente estar afiliado al sistema de previsión de AFP por no menos de 12 meses (un año) y presentar un certificado de antigüedad.
También debe contar con un documento que acredite el ser un trabajador independiente. Puede ser el inicio de actividades, la boletas de honorarios, la declaración de impuestos del año en curso, entre algunos otros documentos.
Con esta documentación se gestiona la licencia médica. En el caso de Fonasa este trámite se realiza directamente en el COMPIN, SUBCOMPIN o la unidad de licencias médicas que le correspondan al domicilio del trabajador. En el caso de ser afiliado a alguna ISAPRE solo se debe presentar la licencia medica en alguna sucursal de su ISAPRE.
En el caso de que se acoja positivamente la documentación, cuenta con el derecho de percibir un pago de los días no trabajados.
El sueldo empresarial otorga la posibilidad a los dueños de un negocio a contratarse a ellos mismos en su entidad. Aunque este es un beneficio tributario regulado por la ley 21.210, los interesados deben cumplir con una serie de requisitos y formalidades.
Existen varios beneficios al contratarse a uno mismo y optar por el sueldo empresarial.
En primer lugar, se tiene la posibilidad de considerar las remuneraciones destinadas al pago de cotizaciones de salud y AFP como gastos para la generación de ingresos. Esto conlleva un reconocimiento tributario por el costo que implica pagar el sueldo del propietario de un negocio. Además, al calcular los impuestos del negocio, se pueden deducir las utilidades sujetas a estos tributos.
Otro beneficio es que este tipo de contratación no exige una jornada laboral completa. Esto significa que se puede trabajar de manera parcial o adoptar distintas modalidades de trabajo según las necesidades. Es importante destacar que la ley permite optar por este beneficio incluso si el cargo es administrativo o de producción.
Se recomienda que el sueldo empresarial sea razonable y acorde con el mercado laboral.
Requisitos para optar al sueldo empresarial
Para ser elegible para el sueldo empresarial, el propietario o empresario debe comprometerse a trabajar activamente en su negocio. Además, las remuneraciones deben destinarse al pago de cotizaciones obligatorias. Es importante tener en cuenta que las personas jubiladas no pueden acceder a este beneficio.
Por último, las remuneraciones deben mantenerse dentro de límites establecidos. Respecto a este último punto, el límite se determina en función de la razonabilidad del sueldo empresarial. Esto implica considerar factores como la importancia de la empresa, los ingresos declarados y los servicios prestados por el propietario.
Paso a paso para concretarlo
Para acceder al sueldo empresarial, es fundamental formalizar un contrato de trabajo firmado por el propietario de la empresa, actuando tanto como representante legal de la sociedad como persona natural.
El documento debe proporcionar una clara individualización de la empresa. Es crucial, además, especificar el cargo y las responsabilidades que el propietario asumirá en el marco de este contrato, así como la remuneración acordada. Se deben establecer claramente los términos de vigencia del contrato.
Por último, se debe definir con precisión la jornada laboral que el propietario seguirá durante el período del contrato, incluyendo horas de trabajo, días laborables y cualquier otra disposición relevante relacionada con el horario laboral.
El propietario puede recibir el sueldo empresarial de la forma periódica establecida en el contrato.
Autocontratación: Las restricciones y consideraciones establecidas
Si bien la autocontratación puede conllevar una serie de ventajas, es crucial comprender las limitaciones y prohibiciones que conlleva. En este sentido, la ley establece lo siguiente:
No se permite incluir como parte del salario empresarial el pago de conceptos que están vinculados a una relación laboral de subordinación y dependencia, y que generalmente no están sujetos a cotizaciones previsionales o impuestos mensuales. Ejemplos de esto son las asignaciones de colación y movilización, los aguinaldos, entre otros.
El monto asociado al salario empresarial no puede ser deducido de las ganancias de la empresa para calcular las utilidades, lo que afecta el pago de gratificaciones a los trabajadores de la empresa.
La normativa no hace distinciones basadas en el porcentaje de participación en la sociedad, ya sea que se trate de un único accionista o uno mayoritario o minoritario.
Un accionista mayoritario y/o con facultades de administración en una Sociedad por Acciones (Spa) o Sociedad Anónima (SA) no puede ser considerado como un trabajador dependiente. En todos estos casos, se trata de un salario empresarial, no de una relación laboral efectiva.
Consideraciones para que un socio o accionista pueda optar por la autocontratación
Para que un socio o accionista pueda optar por la autocontratación, es fundamental determinar si existe subordinación o dependencia en la relación contractual. Además, se debe evaluar si el socio o accionista tiene una participación mayoritaria en la sociedad y si tiene facultades de administración en la misma.
Es esencial realizar un análisis minucioso de la relación contractual. Esto, porque el SII determinará si se trata de una relación laboral genuina o simplemente de una modalidad de salario empresarial.
En el caso de las Sociedades por Acciones o Sociedades Anónimas, los contratos están regidos por el Código del Trabajo. En este contexto, no se aplica el límite en cuanto al pago de cotizaciones previsionales, lo que permite pagar este salario en función de la AFC. Sin embargo, esta opción no suele ser recomendable, ya que se puede elegir si realizar dicho pago o no.
Limitaciones de las cotizaciones según el tipo de sociedad
En las sociedades de personas, como las E.I.R.L. o las LTDA, no se puede superar el límite máximo de cotización de 79,2 UF de remuneración imponible. En cambio, para las Sociedades por Acciones y las Sociedades Anónimas, esta cuestión se determina según el tamaño de la empresa.
Para calcular las cotizaciones salariales, es necesario revisar tanto los ingresos totales como los descuentos totales. La diferencia entre los ingresos y los descuentos representa el salario líquido. Dentro de este cálculo, también se deben considerar los siguientes costos:
El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.
Seguro de Accidentes de Trabajo.
Seguro de Cesantía correspondiente al empleador.
Dependiendo del tipo de sociedad, existen restricciones en cuanto a las cotizaciones que se pueden realizar.
Gastos relacionados con la autocontratación
La autocontratación conlleva los siguientes costos:
Salario neto.
Cotizaciones previsionales.
Gastos empresariales.
En resumen, se deben tener en cuenta tanto el salario neto como las cotizaciones previsionales, que constituyen la base imponible. Además, se deben agregar los costos inherentes a la empresa, que incluyen el costo total del salario empresarial.
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