No hay emprendimiento legal sin el inicio de actividades

Comenzar un negocio no solo requiere una buena idea. También implica cumplir con un paso legal esencial: el inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.

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Este trámite marca el momento en que una persona o empresa comienza oficialmente a generar ingresos. Es el punto en que el emprendimiento pasa de ser un proyecto a una actividad económica reconocida por la ley.

El inicio de actividades no es un mero requisito burocrático

Habilita a los contribuyentes para emitir boletas o facturas, declarar impuestos y cumplir con sus deberes tributarios.

Sin esta obligación legal, la operación comercial se considera informal, lo que puede traer sanciones económicas e incluso la clausura del negocio. La normativa chilena exige que se realice dentro de los dos meses siguientes al comienzo efectivo de las operaciones, a través del portal del SII.

Además, este registro permite definir el régimen tributario bajo el cual funcionará la empresa. Según la naturaleza del negocio y sus ingresos, el contribuyente puede optar por distintos regímenes, lo que influirá directamente en la forma de declarar y pagar impuestos. El inicio de actividades también facilita la obtención de una patente municipal, la inscripción en registros sectoriales y el acceso a beneficios estatales para micro, pequeñas y medianas empresas.

No hay emprendimiento legal sin el inicio de actividades

¡No es solo cumplir con la ley!

Es formalizar el trabajo, abrir puertas a oportunidades y construir credibilidad ante clientes, proveedores y entidades financieras.

En un país donde el emprendimiento crece cada año, este trámite representa el primer paso para transformar una idea en una empresa con futuro, respaldada por la normativa y reconocida por el Estado.

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El sueldo empresarial como beneficio legal que remunera el trabajo del emprendedor

En el mundo empresarial chileno, existe una figura tributaria poco conocida pero muy útil. El sueldo empresarial.

Este beneficio permite que un socio, accionista o empresario individual reciba una remuneración por las labores que efectivamente realiza en su empresa. Lo mejor de ello, sin necesidad de firmar un contrato de trabajo.

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A diferencia del vínculo laboral tradicional, no requiere subordinación ni dependencia. Un empresario puede asignarse este sueldo sin que su relación con la sociedad implique un contrato laboral. Ello resulta especialmente relevante cuando la persona tiene control mayoritario y facultades de administración, ya que en tales casos no puede, legalmente, subordinarse a sí mismo.

¿Quiénes pueden acceder al sueldo empresarial?

Todos los socios o accionistas que trabajen activamente en la empresa pueden hacerlo.

Sin embargo, si un socio no tiene impedimentos legales para firmar un contrato de trabajo, podría evaluar si esa opción le conviene más. Especialmente, en términos de cotizaciones previsionales.

¿Hay límites? No existe un tope máximo legal para este tipo de remuneración. El único requisito es que el monto asignado sea razonable y guarde proporción con el trabajo realizado y la realidad económica de la empresa.

El sueldo empresarial como beneficio legal que remunera el trabajo del emprendedor

Sobre sus impuestos

El sueldo en cuestión tributa como cualquier remuneración, pero no contempla cotizaciones previsionales obligatorias. A pesar de eso, sí pueden realizarse de forma voluntaria y descontarse tributariamente.

Finalmente, su declaración se realiza en el Libro de Remuneraciones Electrónico, permitiendo así que el Servicio de Impuestos Internos fiscalice su correcta aplicación como gasto necesario para producir la renta. Esta figura, bien utilizada, se transforma en una herramienta poderosa para formalizar y optimizar la carga tributaria del trabajo real que muchos socios realizan dentro de sus propias empresas.

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