¿Por qué hay que tener cuidado con recibir 50 transferencias?

En Chile, recibir transferencias electrónicas se volvió parte del día a día. Ventas por Instagram, servicios freelance y/o productos hechos en casa. Todo se paga por transferencia. Pero hoy ese hábito tiene una advertencia clara: superar las 50 transferencias, trabajando informalmente, puede llamar la atención del Servicio de Impuestos Internos.

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La reciente Ley de Cumplimiento Tributario refuerza las herramientas de fiscalización. Entre ellas, la obligación de que bancos e instituciones financieras informen al SII cuando una persona reciba más de aquella cantidad de movimientos de distintos emisores en un mes, o cuando los montos acumulados superen ciertos umbrales anuales.

¿Sólo 50 transferencias? ¿En qué consiste la regulación?

No se trata de prohibir transferencias; ¡se busca detectar actividades económicas no formalizadas!

El foco está en quienes venden de manera habitual sin inicio de actividades. Porque si existe ánimo de lucro y frecuencia en los pagos, el SII puede presumir que hay una actividad comercial. Y toda actividad comercial en Chile debe estar formalizada.

Para muchos emprendedores informales, esta norma es una señal de alerta. No es una sanción automática, pero puede derivar en fiscalizaciones, citaciones o cobros de impuestos adeudados. ¡E incluso multas!

Entonces, ¿cómo se debe proceder?

¡Crea tu empresa! Formalizarse, hoy, no es un proceso complejo.

Hoy se puede crear una empresa en un día a través del Registro de Empresas y Sociedades. Luego se realiza el inicio de actividades ante el SII. Con eso, el emprendimiento puede emitir boletas o facturas y operar dentro del marco legal.

¿Por qué hay que tener cuidado con recibir 50 transferencias?

Sí, la Ley de Cumplimiento Tributario y la revisión de las 50 transferencias busca reducir la evasión. Pero también empuja a miles de emprendedores a dar el paso hacia la formalidad. Porque vender por transferencia no es el problema; ¡el problema es hacerlo sin respaldo tributario!

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Formalización y 50 transferencias: ¿Qué tiene que ver la constitución de empresa con la ley de antievasión?

Durante años, muchos emprendedores en Chile iniciaron actividades sin haber realizado su correspondiente formalización. Vendían por redes sociales, recibían pagos por transferencias bancarias y/u operaban de manera informal. Sin embargo, ese escenario cambió con fuerza tras la entrada en vigencia de la llamada Ley de Cumplimiento Tributario.

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Uno de los puntos que más inquietud ha generado es el cruce de información bancaria. Hoy, el Servicio de Impuestos Internos puede acceder a antecedentes cuando una persona recibe 50 o más transferencias electrónicas en un mes, o bien 100 en un semestre, provenientes de distintos emisores.

No se trata de un impuesto nuevo, es una fiscalización.

Aquí es donde la formalización de empresa cobra un rol clave

Cuando un emprendedor constituye su negocio –ya sea a través de una Empresa en un Día o por escritura tradicional– pasa a operar con reglas claras.

  • Inicia actividades ante el SII.
  • Emite boletas o facturas.
  • Declara impuestos.
  • Justifica sus ingresos.

En resumen, todo queda respaldado.

En cambio, quien recibe múltiples transferencias en una cuenta personal, sin respaldo tributario, queda expuesto. El SII puede presumir actividad económica no declarada.

  • Puede iniciar fiscalizaciones.
  • Puede exigir explicaciones.
  • Incluso puede aplicar multas e intereses si detecta evasión.

La legislación no persigue al pequeño emprendedor por vender; persigue la falta de trazabilidad. Persigue la informalidad prolongada y los ingresos que no pagan impuestos.

Por eso, formalizar es una herramienta de protección

Permite separar las finanzas personales del negocio, operar con cuentas bancarias empresariales y crecer sin miedo a fiscalizaciones inesperadas. En un contexto donde las transferencias son el medio de pago más usado, la formalización deja de ser opcional para transformarse en una necesidad. Especialmente para quienes ya venden de forma constante.

Formalización y 50 transferencias: ¿Qué tiene que ver la constitución de empresa con la ley de antievasión?

Hoy, constituir una empresa no solo ordena el negocio. También entrega tranquilidad frente a la Ley, y eso, para cualquier emprendedor, vale más que seguir operando en la sombra.

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Cómo enfrentar las 50 transferencias siendo emprendedor (y manteniéndose dentro del marco legal)

Desde enero de 2025, la Ley Antievasión obliga a los bancos a reportar al SII cuando una cuenta recibe más de 50 transferencias de distintos RUT en un mes. Si eres emprendedor informal, este cambio te pudo haber afectado directamente (o en el futuro lo hará).

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Aunque aún no estés obligado a emitir boletas, esta ley sí permite al Servicio investigar tus movimientos bancarios si superas el umbral de abonos. No se trata de montos específicos como tal; revisa la cantidad de operaciones que pueden delatar una actividad comercial encubierta.

¿Quiénes están vigilados por las transferencias que reciben?

No es necesario tener una tienda formal para estar bajo fiscalización. Bastará con que tus clientes hagan muchas transferencias a tu cuenta en poco tiempo. El reporte bancario será semestral, pero el SII podrá pedirte información cuando lo estime necesario.

Si vendes por redes sociales, haces manicure a domicilio o recibes pagos por clases, estás en la mira.

¿La solución? Formalizar tu negocio. Puedes hacerlo desde tu casa, en línea, sin tener oficina física. La plataforma “Tu Empresa en un Día” te permite constituirte, obtener RUT, iniciar actividades y emitir boletas electrónicas en pocos pasos. Además, puedes usar una dirección tributaria virtual y tramitar tu patente comercial para quedar en regla.

Al formalizarte, logras mucho más que solo cumplir con la ley. Puedes acceder a fondos estatales, licitaciones, abrir una cuenta bancaria a nombre de tu empresa y ganar la confianza de tus clientes. Evitas sanciones, multas y te preparas para crecer.

Cómo enfrentar las 50 transferencias siendo emprendedor (y manteniéndose dentro del marco legal)

No esperes a que llegue una carta del SII

Si superas las 50 transferencias, no es señal de alarma, es una oportunidad para profesionalizar tu emprendimiento. En Emprende.cl te ayudamos en todo el proceso. Formalízate y encuentra el equilibrio en la contabilidad empresarial.

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50 transferencias y tarjetas prepago: ¿Vacío legal?

Las “50 transferencias” han sido una de las disposiciones más debatidas de la Ley de Cumplimiento Tributario. Recordemos que la normativa es una pieza central del Pacto Fiscal impulsado por el Gobierno. Su finalidad: incrementar los ingresos fiscales en unos US$4.500 millones mediante medidas de fiscalización más estrictas.

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En particular, esta normativa permite a los bancos informar al Servicio de Impuestos Internos sobre contribuyentes que reciban 50 transferencias de distintas personas. Ello, en un período establecido: un solo día, semana o mes. Este umbral se amplía a 100 transferencias en un semestre, requiriendo que los montos de dichas operaciones también sean reportados.

Sin embargo, en medio de la implementación de estas disposiciones, un grupo de productos financieros ha quedado fuera de la obligación: las tarjetas o cuentas prepago no bancarias. Este hecho plantea interrogantes sobre su impacto y posibles ajustes futuros en la legislación. ¿Hay un vacío legal no evaluado con anterioridad?

¿Quiénes están obligados a reportar las “50 transferencias”?

Para entender por qué estas cuentas quedaron fuera de la normativa, es necesario examinar la Ley 21.713 y su relación con el Código Tributario. Según este marco legal, las entidades obligadas a reportar incluyen:

  • Bancos.
  • Cooperativas de Ahorro y Crédito supervisadas por la Comisión para el Mercado Financiero.
  • También, aquellas supervisadas por el Ministerio de Economía.
  • Compañías de seguro.
  • Entidades privadas de depósito y custodia de valores.

Esto abarca cuentas corrientes, cuentas vista, cuentas de ahorro y diversos instrumentos financieros dentro del sistema regulado. Sin embargo, las tarjetas prepago emitidas por entidades no bancarias no son incluidas.

Tarjetas prepago no bancarias: ¿Por qué están excluidas?

Productos como Tenpo, Mercado Pago y Copec Pay, denominados técnicamente como Emisores de Tarjetas de Pago con Provisión de Fondos no Bancarias, no están sujetas a las disposiciones de las “50 transferencias”.

En contraste, las cuentas prepago bancarias, como MACH de Bci, sí deben cumplir con esta obligación.

Según expertos, consultados por Biobio.cl, esta exclusión puede deberse a que en el momento de la redacción de la ley, las tarjetas prepago no bancarias no se consideraban un riesgo significativo para la fiscalización tributaria.

Sin embargo, el crecimiento de estos productos en el mercado ha puesto en evidencia su relevancia económica. ¡En 2022 alcanzaron cifras de saldo superiores a $56 millones!

¿Qué se necesita para incluir a las tarjetas no bancarias?

Para incluir estos productos en la normativa, sería necesaria una modificación legislativa.

Como señala el experto Alejandro Abuyeres para el medio, un acto administrativo no podría extender esta obligación a las tarjetas prepago no bancarias, ya que carecería de la jerarquía suficiente para modificar el Código Tributario.

Por ahora, el borrador del SII sobre esta normativa, abierto a consulta pública hasta noviembre, tampoco aborda esta exclusión. Esto refleja un vacío legislativo que podría generar nuevas discusiones en el Congreso sobre el tratamiento de las tarjetas prepago no bancarias.

50 transferencias y tarjetas prepago: ¿Vacío legal?

Las transferencias fiscalizadas: Un debate que recién comienza

La exclusión de estas cuentas y tarjetas no bancarias ha abierto un debate sobre la equidad y eficacia de las normas tributarias en Chile.

A medida que los productos financieros evolucionan y ganan espacio en el mercado, es probable que surjan nuevas propuestas para abordar estas lagunas y asegurar una regulación más inclusiva. En definitiva, este tema pone de manifiesto la necesidad de actualizar continuamente las normativas fiscales para adaptarlas a los cambios en el ecosistema financiero.

La discusión sobre las tarjetas prepago no bancarias apenas comienza y podría marcar un precedente en futuras reformas tributarias en Chile.

Recuerda que si tienes alguna duda nos puedes enviar un mensaje vía WhatsApp, al +569 6450 0000. En Emprende.cl te podemos ayudar en todo el proceso de tu negocio; cuéntanos tu idea de negocio y te orientamos en cada uno de los pasos mencionados.